El Parlamento Europeo en Directiva Comunitaria 2006/123/CE desarrolla el "Point of Single Contact – PSC", que el Estado Español en traducción a nuestro idioma ha definido "Ventanilla Única de Servicios – VUDS".
La finalidad de la Ventanilla Única es la de reunir y simplicar la información de los procedimientos administrativos en los Colegios Profesionales con la entrada en funcionamiento del Servicio de Atención a Consumidores, Usuarios y Colegiados.
El Consejo Europeo de 12 de diciembre de 2006 en la Directiva de Servicios 2006/123/CE regula el establecimiento de la ventanilla única, procedimiento incorporado al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 17/2009 de 23 de noviembre (BOE de 24 de noviembre – denominada Ley Paraguas) que en sus artículos 18 y 19 contempla el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio.
Posteriormente la Ley 25/2009 de 22 de diciembre (denominada Ley Omnibus), modifica diversas Leyes y Decretos para su adaptación en virtud de los dispuesto en la Disposición Final Quinta, incorporando un nuevo artículo a la Ley de Colegios Profesionales para que éstos en su página Web dispongan de la Ventanilla Única donde los usuarios obtengan amplia información de la actividad y servicios profesionales y puedan realizar los trámites necesarios para la colegiación, a través de un solo punto por vía electrónica.
El Colegio Oficial de Administradores de Fincas dando cumplimiento a dicha normativa abre este portal a través de su página Web, donde está a disposición de Usuarios, Consumidores y Colegiados.
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